Datos del concurso
Ajustes (art. 4 RD 1860/2004)
Fases sucesivas (opcional)
10 % mensual de la retribución de fase común
10 % mensual los 6 primeros; 5 % desde el 7.º
Retribución total orientativa
0,00 €
Importes sin IVA. Cálculo orientativo, sujeto a aprobación judicial.
Sobre la masa activa0,00 €
Sobre la masa pasiva0,00 €
Base fase común0,00 €
Retribución fase común0,00 €
Pago de la fase común: 50 % a los cinco días de la firmeza del auto que fija la
retribución; el 50 % restante a los cinco días de la firmeza de la resolución que ponga fin a la fase común.
Las tablas del arancel
Base de la retribución de la fase común (art. 4 RD 1860/2004): a cada masa se aplica su escala por tramos acumulativos. La cuantía final es la suma de ambas.
| Tramo | Porcentaje | Acumulado al límite |
|---|---|---|
| Hasta 500.000 € | 0,600 % | 3.000 € |
| 500.000 — 1.000.000 € | 0,500 % | 5.500 € |
| 1 M — 10 M € | 0,400 % | 41.500 € |
| 10 M — 50 M € | 0,300 % | 161.500 € |
| 50 M — 100 M € | 0,200 % | 261.500 € |
| 100 M — 500 M € | 0,100 % | 661.500 € |
| 500 M — 1.000 M € | 0,050 % | 911.500 € |
| Más de 1.000 M € | 0,025 % | — |
| Tramo | Porcentaje | Acumulado al límite |
|---|---|---|
| Hasta 500.000 € | 0,300 % | 1.500 € |
| 500.000 — 1.000.000 € | 0,200 % | 2.500 € |
| 1 M — 10 M € | 0,100 % | 11.500 € |
| 10 M — 50 M € | 0,050 % | 31.500 € |
| 50 M — 100 M € | 0,025 % | 44.000 € |
| 100 M — 500 M € | 0,012 % | 92.000 € |
| 500 M — 1.000 M € | 0,006 % | 122.000 € |
| Más de 1.000 M € | 0,003 % | — |
Precisiones que conviene tener presentes
- Norma aplicable. El arancel vigente sigue siendo el del RD 1860/2004. Los artículos 84 a 89 del TRLC, que prevén un régimen nuevo, no entrarán en vigor hasta que se apruebe el reglamento pendiente (disposición transitoria única del TRLC).
- Límites de la Ley 25/2015 (tope total y devengo en liquidación a partir del decimotercer mes): su aplicación en el régimen transitorio es objeto de criterio judicial dispar. Esta calculadora no los aplica de oficio; verifica el criterio de tu juzgado.
- Carácter orientativo. La retribución la fija el juez mediante auto, atendiendo a las circunstancias del caso. Este cálculo no constituye asesoramiento jurídico.
- Acciones de reintegración: pueden devengar entre un 0,50 % y un 1 % adicional.
Este cálculo, hecho solo.
Y el escrito, también.
ControlConcursal calcula los honorarios provisionales conforme al arancel a partir de los datos que ya viven en el expediente y genera el escrito correspondiente, listo para presentar. Como el resto del concurso: plazos, acreedores, escritos y comunicaciones, de principio a fin.